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¿Cuándo se pierde la patria potestad?

  • Foto del escritor: Servicios Jurídicos RFJ
    Servicios Jurídicos RFJ
  • 3 ene 2023
  • 3 Min. de lectura

los códigos civiles y leyes de la familia establecen los supuestos por los cuales se pierde la patria potestad por resolución judicial, se recomienda consultar la legislación aplicable en la entidad federativa de que se trate para determinar los supuestos que aplican para el caso concreto.


Mencionamos de manera general los supuestos de pérdida de la patria potestad:


  • En casos de violencia familiar contra el menor.

  • Por las actitudes perversas, sociopáticas o enfermedad mental grave de quienes ejercen la patria potestad.

  • Por poner al menor en peligro de perder la vida.

  • Por el incumplimiento de la obligación alimentaria sin causa justificada.

  • Por el abandono que el padre o la madre hiciere de los hijos sin causa justificada.

  • Cuando el que ejerza la patria potestad hubiera cometido contra la persona o bienes de los hijos un delito doloso, por el cual haya sido condenado.

  • Cuando el que la ejerza sea condenado por delitos dolosos.

  • Cuando el menor haya sido sustraído o retenido ilícitamente por quien ejerza la patria potestad.

  • Por inducir a los hijos al consumo de alcohol, al uso de sustancias ilícitas o al hábito de juego.

  • Cuando al que le hubiere sido suspendida la patria potestad reincida en los supuestos de suspensión.

¿Cuándo se suspende o limita la patria potestad?


Los códigos civiles y leyes de la familia establecen los supuestos por los cuales se limita la patria potestad, se recomienda consultar la legislación aplicable en la entidad federativa de que se trate para determinar los supuestos que aplican para el caso concreto.


Mencionamos de manera general los supuestos por los cuales se suspende o limita la patria potestad:

  • Por incapacidad declarada judicialmente del que la ejerce.

  • Por la ausencia del que la ejerce, declarada en forma.

  • Por sentencia condenatoria que imponga como pena la suspensión.

  • Cuando el que la ejerce consuma alcohol, tenga el hábito del juego o el uso de sustancias ilícitas que produzcan efectos psicotrópicos y amenacen causar algún perjuicio al menor.

  • Por sustracción o retención indebida del menor por quien no tenga la custodia.

  • Por causar daños físicos, psicoemocionales o por explotación que pudiera comprometer la salud, la seguridad, dignidad e integridad del menor.

  • Cuando, sin causa justificada, el padre o la madre que tengan bajo su custodia al hijo no permita que se lleven a cabo las convivencias pactadas mediante convenio o por resolución judicial.

  • Por el incumplimiento del pago de alimentos de quienes la ejercen y cuando, para evadir la responsabilidad de proporcionar alimentos el deudor alimentista, renuncie a su empleo o realice actos tendientes a perderlo, reduzca sus ingresos o simule deudas.


¿Por cuánto tiempo se puede suspender o limitar la patria potestad?

El Juez competente determinará el plazo de suspensión de la patria potestad, así como la restitución cuando el motivo haya cesado.


¿Si el que ejerce la patria potestad la perdió por el incumplimiento de la obligación alimentaria, puede recuperarla?


Se recomienda consultar la legislación en materia familiar aplicable en la entidad federativa de que se trate para determinar la recuperación de la patria potestad en caso de incumplimiento de las obligaciones alimentarias y las condiciones para recuperarla.


Algunos códigos y leyes de la familia de los estados de la República Mexicana, disponen que sí puede recuperar la patria potestad el que la perdió por el incumplimiento de la obligación alimentaria, siempre y cuando compruebe que ha cumplido con esa obligación por más de un año, que otorgue garantía anual, que se le haya realizado un estudio económico y de comportamiento actual y diagnóstico psicológico.


 

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