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¿Los hijos nacidos en un matrimonio por separación de bienes tienen derecho a pensión?


De acuerdo al Código Civil los alimentos comprenden varios elementos como la comida, el vestido, la habitación y asistencia médica. Si se trata de un menor de edad se incluyen los gastos escolares y de esparcimiento.


Ambos cónyuges son los obligados a contribuir económicamente al sostenimiento del hogar. El derecho a recibir alimentos es irrenunciable y no importa si incluso no hay un matrimonio de por medio, el menor de edad tiene derecho a recibir esta pensión.


¿Cómo puedo solicitar una Pensión alimenticia?


Existen 02 formas:


  • De forma extrajudicial, es decir sin demandar mediante una Carta Exigiendo el Pago de Pensión Alimenticia. En esta opción se trata de llegar a un acuerdo entre las partes acordando de forma privada el monto, días y forma de depósito de la pensión alimenticia.

  • Judicialmente. En este caso será necesario interponer una demanda de alimentos ante el Juzgado de lo Familiar que te corresponda por tu domicilio. Para ello, te recomendamos solicitar la asesoría de un abogado experto en materia familiar.


Si las partes no se ponen de acuerdo, será el Juez quien determine la suma y la forma de pago de pensión, tomando en cuenta el nivel de vida y los ingresos de ambas partes, además de los siguientes aspectos:


1. Capacidad económica de los padres

2. La edad del menor

3. Alimentación

4. Grado Escolar

5. Existencia de discapacidades físicas o mentales.


Por último, no olvides que, ante un Divorcio, existe la posibilidad de llegar a un convenio previo. Si ambas partes cooperan, no dudes en hacerlo, ya que, al proporcionar este documento al Juez, el Juicio será más sencillo y el tiempo de duración de este proceso reducirá notablemente.

 
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